¿Cómo gestionar el descanso en el trabajo?

Con el paso del tiempo, el descanso en el trabajo ha pasado a ser un aspecto de la normativa laboral que despierta numerosas inquietudes entre las empresas y los trabajadores.
Descanso en el trabajo

¿Cómo gestionar el descanso en el trabajo con el control horario?

Los tiempos de descanso en el trabajo se han convertido en un espacio de la legislación laboral que genera muchas dudas entre los responsables de las empresas y los trabajadores. Lo que debe ser considerado descanso y cómo debe llevarse a cabo su registro no acaba de estar definido con detalle en la normativa general y solo el convenio colectivo de cada sector permite aclarar cómo debe organizarse el tiempo de descanso en las empresas.

El problema empieza con el Estatuto de los Trabajadores que no ofrece una definición clara de qué debe considerarse descanso y se limita a establecer el derecho a un descanso nunca inferior a quince minutos cuando la jornada diaria continuada exceda las seis horas. A la hora de delimitar mejor cómo debe ser ese descanso remite a lo que marque cada convenio colectivo y las diferencias entre ellos suelen ser sustanciales.

A partir de aquí surgen las dudas ¿hay que incluir los descansos en el control horario? ¿salir a fumar es un descanso? ¿y el café? ¿qué pasa con las horas de la comida si se trabaja con una jornada partida?

Para responder a muchas de estas preguntas hay que recurrir a cada convenio colectivo, pero muchas otras se pueden contestar sin necesidad de hacerlo o, por lo menos, tener claro qué es lo que dice la ley al respecto.

¿Qué es un descanso en el trabajo? Lo que dice el Estatuto de los Trabajadores

Un descanso en el trabajo es una pausa diaria que es obligatoria cuando la jornada laboral supera las seis horas. Debe servir para que el trabajador tenga un tiempo de descanso y pueda recuperarse, física y psicológicamente, del esfuerzo realizado.

El descanso en el trabajo contribuye a reducir el desgaste que implica el propio trabajo y a recuperarse para ofrecer el mejor rendimiento y todo el potencial que guarda cada trabajador.

Los descansos influyen de forma positiva en la productividad y el nivel de satisfacción de los empleados con su trabajo. Contar con periodos de descanso en el trabajo adecuados evita, a largo plazo, “quemar” a los trabajadores y permite mantener su nivel de rendimiento.

El Estatuto de los Trabajadores establece el derecho a un descanso en el trabajo que no puede ser inferior a quince minutos cuando la jornada diaria continuada exceda las seis horas.

Este descanso será de al menos media hora para los menores de 18 años si la jornada laboral supera las cuatro horas y media. Este derecho existe para todas las jornadas de trabajo a excepción de la jornada partida como explicaremos más adelante.

De esta forma, a una jornada laboral de ocho horas de trabajo le corresponde un tiempo de descanso mínimo de un cuarto de hora.

El Estatuto de los Trabajadores no pone un límite máximo al tiempo de descanso con lo que cada convenio puede ampliar este periodo dentro de los acuerdos a los que se llegue en la negociación de las condiciones laborales. De hecho, en la mayor parte de las empresas, el descanso suele ser de al menos media hora para todos los trabajadores.

¿Deben registrarse los descansos en el control horario de la jornada de trabajo?

El Real Decreto Ley 8/2019 de 8 de marzo, más conocido como Ley de Control Horario, establece la obligatoriedad para las empresas de llevar un registro de la jornada laboral que debe contemplar la entrada, salida y horas extra de los trabajadores.

En principio, ni el Real Decreto Ley ni el Estatuto de los Trabajadores obligan a llevar el registro del descanso en el trabajo si es considerado tiempo de trabajo efectivo. Sin embargo, la guía sobre el registro de jornada publicada por el Ministerio de Trabajo recomienda incorporar los descansos de la jornada laboral en el registro para evitar que se pueda considerar toda la jornada laboral, desde el inicio hasta la salida tiempo de trabajo efectivo sin ninguna parada.

Pendientes de lo que establezca el convenio colectivo

De esta forma, todo depende de si el descanso es considerado tiempo de trabajo efectivo o no por el convenio colectivo o contrato laboral. El tiempo de trabajo efectivo es el periodo en el que el trabajador está realizando sus tareas o funciones o se encuentra en su puesto de trabajo.

Se puede encontrar un convenio colectivo que considera los descansos tiempo de trabajo efectivo y, en este caso, no sería obligatorio, aunque sí recomendable, incluirlos en el registro porque para el trabajador sigue contando la jornada laboral y sigue cobrando por ello, aunque esté en el tiempo de descanso.

También hay muchos otros casos en los que el convenio colectivo marca que el descanso en el trabajo no es tiempo de trabajo efectivo y, por tanto, sí es necesario que quede constancia en el registro del inicio y el final del descanso. Este descanso en el trabajo no es retribuido.

Hay que recordar que algunas situaciones como la formación para prevención de riesgos laborales o facilitada por la empresa, los reconocimientos médicos o la recogida de uniformes o la asistencia a reuniones fuera de la jornada laboral también se consideran tiempo de trabajo efectivo y no son apreciados como descansos.

Existen también dudas sobre si un trabajador puede salir del centro de trabajo durante el descanso. De nuevo la normativa general no marca nada y hay que recurrir a cada convenio colectivo o contrato, pero, en general, se suele permitir salir del recinto de trabajo siempre que se cumplan los límites horarios del tiempo de descanso.

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Situaciones muy comunes que presentan dudas

Hay algunas situaciones de descanso en el trabajo muy habituales que suelen generar dudas en las empresas y en los trabajadores y que conviene aclarar. Son casos que se repiten en muchas empresas y que hay que tener en cuenta.

Pausa para comer en la jornada partida

El descanso en el trabajo para comer en una jornada partida, normalmente de una o dos horas, aunque pueden llegar a ser hasta cuatro según el convenio colectivo o el contrato, no es considerado, en ningún caso, trabajo efectivo y no está retribuido. Por lo tanto hay que insertar en el registro horario tanto el momento del inicio del descanso en la jornada laboral como cuando termina y se vuelve al trabajo.

Fumarse un cigarro

Fumar se considera un descanso laboral que, si supera los quince minutos mínimos que establece el Estatuto de los Trabajadores o el tiempo establecido por el convenio colectivo, puede ser descontado por la empresa.

No es un derecho de los trabajadores disponer de un tiempo para fumarse un cigarrillo y, salvo que el convenio colectivo o el contrato de trabajo diga lo contrario, este descanso en el trabajo no se considera tiempo efectivo de trabajo y no puede estar retribuido. Por tanto, si está fuera del descanso, debería también quedar constancia de él en el registro.

Pausas para el café o el bocadillo

Deben incluirse dentro del mínimo de los quince minutos o los que dicte el convenio colectivo. También en el caso de optar por comer en el tiempo de descanso sin que exista jornada partida. El convenio colectivo puede establecer tiempos más prolongados para comer o pausas para el café a lo largo de la mañana para favorecer el descanso de los trabajadores.

En cualquier caso, todo dependerá de lo que se establezca por convenio colectivo y, si no existiese, el único descanso es el cuarto de hora cuando la jornada continuada exceda de seis horas.

Si un descanso no se disfruta ¿hay que pagarlo?

¿Qué sucede si un descanso que corresponde por ley no puede ser disfrutado por las propias necesidades de la jornada laboral? En principio, nada indica la obligación de retribuirlo y será cada convenio colectivo o contrato el que establecerá si el descanso en el trabajo que no se disfruta debe compensarse en dinero.

De cualquier forma, si el descanso está previsto como retribuido, hay que llevar a cabo la compensación porque, en caso contrario, el tiempo de descanso será considerado horas extra.

¿Cuándo se descansa?

En la práctica se pueden encontrar diferentes formas de establecer cuándo debe producirse el descanso en el trabajo. En algunos casos es la empresa la que determina cuándo debe llegar el tiempo de descanso y, en otros, son los trabajadores los que hacen valer sus preferencias a través de sus representantes.

Al final, lo mejor es establecer las condiciones de trabajo y tiempo de descanso a través de la negociación y plasmarlas en el convenio colectivo para que no existan dudas y tengan plena validez. Es también el convenio colectivo el que debe determinar si el trabajador puede ausentarse del trabajo durante el descanso en el trabajo o si puede fragmentarse el tiempo de descanso.

Otros tipos de descansos de la jornada laboral

Como ya ha hemos comentado, cuando la duración de la jornada sea superior a seis horas deberá establecerse un descanso de al menos quince minutos. Pero, además de este tiempo de descanso dentro de la jornada laboral, hay otros tipos de descanso que hay que tener en cuenta.

Hay que recordar que debe haber un descanso entre jornadas de doce horas. Entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente debe pasar este periodo de tiempo.

Los trabajadores deben disfrutar de un tiempo de descanso semanal ininterrumpido de un mínimo de un día y medio. Este descanso en el trabajo es acumulable durante un periodo máximo de catorce días.

El Estatuto de los Trabajadores indica que este descanso debe producirse, como norma general, el domingo con la tarde del sábado o la mañana del lunes. No es obligatorio que los días de descanso sean estos, pero son los que el estatuto considera que deberían ser los más habituales en las empresas. Puede haber otros mientras se respete el día y medio ininterrumpido de descanso.

¿Cómo facilita la gestión de los descansos el software de registro de la jornada laboral?

El registro de la jornada  permite tener constancia de los descansos que toman los empleados y su impacto sobre la actividad de la empresa. Un Software de control horario permite disponer de estos datos de forma inmediata y comprobar si los tiempos de descanso se cumplen según lo establecido.

Otra de las ventajas de llevar un  registro horario laboral es que este permite organizar mejor las pausas y articular nuevos tiempos de descanso si es necesario o modificar los ya existentes. El control de los descansos es mucho mejor con Papershift que, además, hace mucho más fácil fichar en el inicio y el final de los descansos o de la jornada laboral.

Para la empresa es muy importante contar con estos datos precisos del personal de la empresa que permiten tomar mejores decisiones en el área de Recursos Humanos.

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Escrito porDaniela

Conectando Papershift con empresas y empleados, a través de contenido relevante en el ámbito de los Recursos Humanos.