Excedencia voluntaria

La excedencia voluntaria es un derecho que se le da al trabajador de poder suspender su contrato. Esta puede solicitarse a partir del año de trabajo.
Excedencia voluntaria

La excedencia voluntaria es un derecho del trabajador recogido en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores. Es una opción que queda en manos del empleado, aunque la empresa debe aprobar la excedencia para que sea válida.

Esta puede ser utilizada por el trabajador con múltiples objetivos, desde trabajar en otra actividad o montar un negocio hasta utilizar ese tiempo para viajar o dedicarlo a los estudios. La empresa debe aprobar la excedencia voluntaria, pero si no hay un motivo de peso y el trabajador cumple los requisitos, no puede negarse a ella.

¿Qué es la excedencia voluntaria?

Es una suspensión temporal del contrato de trabajo a petición del trabajador. No necesita estar motivada y únicamente hay que cumplir los requisitos de tiempo trabajado para que la empresa la conceda.

Durante el periodo en el que está vigente, el trabajador no tiene la obligación de prestar los servicios a los que estaba sujeto por el contrato ni acudir a su puesto de trabajo y la empresa no debe abonarle salario alguno ni tampoco cotizar a la Seguridad Social. El trabajador puede ser contratado por otra empresa durante el tiempo que esté de baja voluntaria.

Excedencia voluntaria

Requisitos del trabajador y plazos para pedir el derecho a la baja voluntaria

Tal y como específica el punto segundo del artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador debe tener “al menos una antigüedad en la empresa de un año” para que pueda pedir una excedencia voluntaria.

La excedencia voluntaria puede estar entre un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años. Si el trabajador ha disfrutado una excedencia voluntaria no puede solicitar otra hasta que hayan transcurrido cuatro años desde el final de la anterior.

La excedencia voluntaria no puede suponer el incumplimiento de alguna cláusula del contrato ni realizarse de mala fe por parte del trabajador. Si se da alguno de estos casos, especialmente el incumplimiento de cláusulas de no competencia, la excedencia voluntaria solicitada de mala fe puede ser causa de despido disciplinario.

¿Cómo se solicita la excedencia voluntaria en una empresa?

La excedencia voluntaria suele solicitarse por escrito, aunque la ley no lo exija de forma específica, y con un tiempo de antelación para dejar tiempo a la empresa para que se organice. En la solicitud deben incluirse las fechas de inicio y fin de la excedencia y su duración.

El trabajador debe continuar realizando sus funciones con normalidad hasta que la empresa acepte la excedencia voluntaria. Para poder disfrutarla es necesario que primero sea aprobada por la empresa.

De hecho, si la empresa deniega la excedencia, el trabajador podrá demandarla, pero tendrá que continuar trabajando hasta que se produzca un dictamen.

Como hemos mencionado arriba, la excedencia voluntaria no necesita estar motivada, no es necesario incluir los motivos por los que se solicita.

En la mayor parte de los casos se suele abonar al trabajador las horas extra o los pagos que tenga pendientes cuando toma una excedencia voluntaria por si finalmente opta por no regresar a la empresa.

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Situación del trabajador y la empresa durante la excedencia

Mientras dure la excedencia voluntaria, el trabajador puede hacer lo que estime oportuno. Puede dedicarla a lo que crea más conveniente, desde estudiar hasta trabajar para otra empresa si lo prefiere.

Por lo que respecta a la antigüedad, no se pierde la que ya se ha acumulado en la empresa antes de la excedencia voluntaria, pero tampoco se suma al cómputo de la antigüedad el tiempo de la excedencia.

Durante la excedencia voluntaria, el trabajador puede ser incluido en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) por la empresa ya que sigue existiendo una relación laboral. Ahora bien, la causa de la inclusión en el ERE no puede ser, en ningún caso, estar disfrutando de una excedencia voluntaria. Si fuera así, el despido sería nulo.

El empleado que trabaja para otra empresa mientras está con una excedencia voluntaria y termina este último contrato de trabajo o pierde el empleo, podrá cobrar la prestación por desempleo por este nuevo contrato.

Derechos y obligaciones cuando termina la situación de excedencia

El trabajador tiene que solicitar con antelación (un mes suele ser el periodo comúnmente aceptado), preferentemente por escrito; el reingreso en la empresa cuando vaya a concluir el periodo de duración de la excedencia voluntaria. No se produce de forma automática, debe existir una petición previa.

Es importante tener en cuenta que el trabajador no puede pedir el reingreso anticipado ni la empresa exigirlo. Solo puede producirse cuando finaliza la excedencia a menos que se pacte con la empresa el regreso anticipado y solo si la empresa lo acepta. También pueden existir plazos concretos para solicitar el reingreso en algunos convenios colectivos o en el contrato de trabajo con la empresa.

No existe derecho a la reserva del puesto de trabajo en la excedencia voluntaria. El trabajador no tiene derecho a volver al mismo puesto de trabajo que tenía antes de la excedencia voluntaria.

Al no haber derecho a la reserva del puesto de trabajo, la incorporación puede no ser instantánea. El trabajador solo podrá volver si existe un puesto de trabajo de igual o similar categoría al que tenía antes de la excedencia voluntaria. Sobre estos puestos, el trabajador que haya expresado su deseo de reincorporarse tras la excedencia voluntaria tendrá preferencia sobre el resto de aspirantes.

La empresa puede ofrecer al trabajador puesto de una categoría y una remuneración inferior, pero es el trabajador el que debe decidir si los acepta.

La empresa solo puede negarse a la reincorporación tras la excedencia alegando que no existen plazas adecuadas, de igual o similar categoría, en ese momento y aportando pruebas de esta situación. El trabajador no tendrá derecho a cobrar el paro porque la relación laboral continúa vigente a la espera de que existan plazas.

Una negativa de la empresa impidiendo sin más el reingreso del empleado a un puesto de trabajo puede desembocar en una demanda por despido del trabajador.

El convenio colectivo o la propia empresa y el trabajador pueden acordar, en casos concretos, la reserva del puesto de trabajo cuando hay una excedencia voluntaria.

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Casos especiales: cuidado de hijos o familiares

Todo lo dicho anteriormente afecta a la excedencia voluntaria en general, pero existen dos casos concretos en los que la situación y los derechos del trabajador varían.

Excedencia voluntaria por cuidado de hijos

En el caso del cuidado de los hijos, el trabajador tiene derecho a una excedencia que no puede superar los tres años con cada hijo. El periodo se contabiliza desde el nacimiento o la resolución judicial de la adopción.

Excedencia para el cuidado de familiares

En este caso, la excedencia tiene un máximo de dos años y los trabajadores se pueden acoger a ella para el cuidado de cualquier familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que no “pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida”, según el Estatuto de los Trabajadores.

Estas dos excedencias especiales pueden disfrutarse de forma fraccionada. Además, con ellas, el trabajador tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo durante el primer año de excedencia. Este periodo de excedencia, a diferencia de los casos anteriores, sí se acumula a la antigüedad que ya se disfrutaba en la empresa.

El trabajador que se encuentre en alguna de estas dos excedencias queda también protegido frente al despido objetivo.

Escrito porDaniela

Conectando Papershift con empresas y empleados, a través de contenido relevante en el ámbito de los Recursos Humanos.



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