Modelo 220

Aprende qué es, para qué sirve y cómo rellenar el Modelo 220: la declaración del Impuesto sobre Sociedades de los grupos societarios.

Aprende qué es, para qué sirve y cómo rellenar el Modelo 220: la declaración del Impuesto sobre Sociedades de los grupos societarios.


Las empresas y sociedades agrupadas según el régimen de consolidación fiscal tienen la obligación de presentar el modelo 220.

¿Qué es el Modelo 220?

El Modelo 220 es un formulario de declaración del Impuesto sobre Sociedades que tienen obligación de presentar aquellos grupos de sociedades que tributen bajo el régimen de consolidación fiscal.

A su vez, un grupo de sociedades se define como un conjunto de entidades jurídicas, como empresas u organizaciones, que giran en torno a una entidad principal o representante.

En el caso del Modelo 220, es la entidad representante la que se encarga de la presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades, en representación de todo el grupo societario.

Tres conceptos vale la pena aclarar para comprender quiénes deben presentar el Modelo 220:

  • El Impuesto sobre Sociedades.
  • El régimen de consolidación fiscal.
  • La finalidad del Modelo 220.

El Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades es el gravamen fiscal que se paga sobre la renta de las sociedades mercantiles y jurídicas en España.

Podría entendérselo, a grandes rasgos, como la versión de las empresas y de las organizaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que tienen obligación de pagar los trabajadores españoles en base a la renta (los salarios) que perciben.

El régimen de consolidación fiscal

El régimen de consolidación fiscal es un régimen especial del Impuesto sobre Sociedades por el cual un grupo de sociedades pertenecientes al mismo grupo societario tiene la posibilidad de implementar una tributación conjunta por la suma de las bases imponibles de las empresas que forman el grupo, en lugar de que cada empresa deba tributar individualmente.

La finalidad del Modelo 220

La razón de ser del Modelo 220 es facilitar el proceso de tributación fiscal de los grupos fiscales.

Optimiza tu trabajo

Utiliza Papershift para automatizar toda una serie de tareas relacionadas al manejo del personal en tu empresa: crea turnos digitalizados, gestiona el absentismo, mantén digitalizado el registro de tiempos trabajados, y mucho más.

¡Prueba Papershift 14 días gratis!

Cómo presentar el Modelo 220

El Modelo 220 se debe presentar telemáticamente a través del sitio web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de España (AEAT) utilizando un sistema de certificado electrónico aprobado por la AEAT.

¿Quién presenta el Modelo 220?

La entidad en particular encargada de presentar el Modelo 220 es la representante oficial del grupo fiscal.

A su vez, la entidad tributaría debe contar con un Número de Identificación Fiscal (NIF),

¿Cuándo se presenta el Modelo 220?

La presentación del Modelo 220 se debe realizar dentro de los 25 días naturales posteriores al plazo de 6 meses desde la conclusión del período impositivo.

¿Cómo se rellena el Modelo 220?

El formulario del Modelo 220 es bastante complejo.

Consiste en un formulario de 72 páginas en el que se incluyen toda una serie de preguntas, indagaciones y declaraciones.

A grandes rasgos, el formulario del Modelo 220 cuenta con la siguiente estructura:

  • Datos identificativos de la entidad presentadora.
  • Estados contables.
  • Liquidación.
  • Documento de ingreso o devolución.

Datos de identificación

Los datos de identificación que se solicitan al comienzo del formulario son el Número de Identificación Fiscal (NIF), razón social, teléfono y número de grupo.

Paralelo a los datos de identificación, se deben introducir los datos relativos al periodo impositivo por el cual se hace la declaración del Impuesto sobre Sociedades.

Más abajo, se deben declarar cuáles son las actividades comerciales desarrolladas por el grupo fiscal, ordenadas de mayor a menor importancia.

Estados contables

Terminada la sección identificatoria del Modelo 220, lo que sigue son los estados contables.

Los estados contables constituyen el grueso del formulario de 72 páginas, pero es fundamental tener en cuenta que no se deben llenar necesariamente todas las páginas de esta sección, sino que las páginas a completar dependen del tipo de grupo fiscal del que se trate.

Según el instructivo de la Agencia Tributaria para la presentación del Modelo 220 actualizadas en 2021, las páginas de los estados contables a completar según el tipo de grupo son:

Estados contables de grupos Generales en el Modelo 220:
  • Activo de grupos generales (página 3A).
  • Patrimonio neto y pasivo de grupos generales (página 3B).
  • Cuenta de Pérdidas y Ganancias consolidada (I) (página 4A).
  • Cuenta de Pérdidas y Ganancias consolidada (II) (página 4B).
  • Estado de cambios en el Patrimonio neto: Estado de ingresos y gastos reconocidos consolidado (página 5A).
  • Estado de cambios en el Patrimonio neto: Estado total de cambios en el patrimonio neto consolidado (I) (página 5B).
  • Estado de cambios en el Patrimonio neto: Estado total de cambios en el patrimonio neto consolidado (II) (página 5C).
Estados contables de grupos de Entidades de crédito en el Modelo 220:
  • Balance consolidado: Activo (página 3A).
  • Balance consolidado: Pasivo y patrimonio neto (I) (página 3B).
  • Balance consolidado: Pasivo y patrimonio neto (II) (página 3C).
  • Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada (página 4).
  • Estado de cambios en el Patrimonio neto: Estado de ingresos y gastos reconocidos consolidado (página 5A).
  • Estado de cambios en el Patrimonio neto: Estado total de cambios en el patrimonio neto consolidado (I) (página 5B).
  • Estado de cambios en el Patrimonio neto: Estado total de cambios en el patrimonio neto consolidado (II) (página 5C).
Estados contables de grupos de entidades aseguradoras en el Modelo 220:
  • Balance consolidado: Activo (I) (página 3A).
  • Balance consolidado: Activo (II) (página 3B).
  • Balance consolidado: Pasivo y patrimonio neto (I) (página 3C).
  • Balance consolidado: Pasivo y patrimonio neto (II) (página 3D).
  • Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada (I) (página 4A).
  • Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada (II) (página 4B).
  • Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada (III) (página 4C).
  • Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada (IV) (página 4D).
  • Cuenta de pérdidas y ganancias consolidada (V) (página 4E).
  • Estado de cambios en el patrimonio neto: Estado de ingresos y gastos reconocidos consolidado (página 5A).
  • Estado de cambios en el patrimonio neto: Estado total de cambios en el patrimonio neto consolidado (I) (página 5B).
  • Estado de cambios en el patrimonio neto: Estado total de cambios en el patrimonio neto consolidado (II) (página 5C).

Liquidación

A continuación, se debe completar la liquidación de las bases imponibles.

Documento de ingreso o devolución

Por último, la última página del Modelo 220 se debe completar según si corresponde como resultado final un ingreso en concepto de Impuesto sobre Sociedades, o una devolución.

Si el resultado es positivo o ingreso (es decir, que se debe pagar) y no se pretende domiciliar el pago, este se puede realizar en cualquier sucursal de una entidad colaboradora.

Al momento del pago, la entidad debe proporcionar un recibo en el que figure un Número de Referencia Completo (NRC), que será necesario para la presentación del formulario en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Si el resultado es negativo o de devolución, podrás tramitar el cobro de la devolución desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria con el Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN) o el SWIFT-BIC (según corresponda) de la cuenta bancaría en la que se pretenda recibir la devolución.

Papershift gratis por 14 días
La organización de tu empresa en la nube
  • Programación de turnos
  • Control horario
  • Gestión de las vacaciones
  • Cálculo automático de la nómina
  • Análisis de datos e informes
Prueba Papershift 14 días gratis y sin compromiso.
Prueba 14 días gratis Más información

Novedades en la declaración del Impuesto sobre Sociedades en 2022

En abril de este año se introdujo la Orden HFP/379/2022 que incluye algunas modificaciones al Modelo 220 que vale la pena tener en cuenta.

  • Se modificó el cuadro de detalle de las deducciones por donativos a entidades sin fines de lucro (página 14 bis) con información complementaria sobre el importe de estas deducciones, de manera que en ejercicios posteriores el cálculo de los límites de este tipo de deducciones sea más simple.
  • Con el fin de facilitar, a la entidad presentadora del Modelo 220, la corrección de errores cometidos en autoliquidaciones anteriores correspondientes al mismo periodo impositivo, «se han desglosado con mayor detalle las casillas relacionadas con la regularización mediante autoliquidación complementaria».

Además, se amplía la información que deben presentar las entidades representantes que incluyan en su base imponible rentas positivas provenientes de entidades no residentes presentes en territorio español.

En estos casos, se debe aportar la siguiente información relativa a estas entidades:

  • Nombre o razón social y lugar del domicilio social.
  • Relación de administradores y lugar de su domicilio fiscal.
  • Balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria.
  • Importe de la renta positiva que deba ser objeto de imputación en la base imponible.
  • Justificación de los impuestos satisfechos respecto de la renta positiva que deba ser objeto de imputación en la base imponible.

Por último, en el Anexo II de la Orden HFP/379/2022 encontrarás la versión actualizada del Modelo 220.

La declaración del Impuesto sobre Sociedades Modelo 220 es un formulario con un considerable nivel de complejidad, como la suelen tener las cuestiones impositivas.

Es importante tener toda la información a mano y al día, no solo de la entidad representante, sino de cada una de las entidades miembro que forman parte del grupo societario, para que a la hora de llenar el formulario no solo no se incurra en errores que puedan ocasionar futuros dolores de cabeza, sino que para sacar el mayor provecho a la declaración y, a su vez, optimizar el tiempo.

A la larga, siempre es más fácil (y económico) prevenir errores, que corregirlos. Sobre todo, cuando lidiamos con entidades impositivas.



Escrito porDaniela

Conectando Papershift con empresas y empleados, a través de contenido relevante en el ámbito de los Recursos Humanos.