Movilidad geográfica y cómo actúa en el IRPF

La movilidad geográfica en el mundo laboral es cada vez más frecuente. Cambiar de domicilio por motivos laborales puede tener muchas ventajas y permite, además, disfrutar de una elevada deducción en la declaración de la Renta.
Movilidad geográfica

© Яна Солодкая / Adobe Stock

¿En qué consiste la deducción por movilidad geográfica y cómo actúa en el IRPF?

Cada vez más empresas exigen movilidad geográfica a sus trabajadores y lo cierto es que, a pesar de que tiene algunos inconvenientes, cambiar de domicilio también tiene algunas ventajas.

Una de las más interesantes la encontramos en la deducción en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que prevé el Estado. De esta forma, aceptar un puesto de trabajo con movilidad geográfica puede ayudar a recuperar una importante cantidad de dinero cuando llega el momento de hacer la declaración de la Renta.

Ahora bien, para poder beneficiarse de esta deducción hay que cumplir algunos requisitos tanto en lo que entendemos como movilidad geográfica como en las propias circunstancias de la persona o personas que quieren optar a ella.

¿Qué es la movilidad geografica de un trabajador?

El artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores aclara que existe movilidad geográfica cuando la modificación del lugar de trabajo “se produce por el traslado o desplazamiento del trabajador a otro centro de trabajo, en distinta localidad, que exija cambio de residencia”.

Para poder trasladar a un trabajador o a un grupo de empleados, la decisión de la empresa tiene que estar justificada en una serie de causas previstas por el Estatuto de los trabajadores.

Deducción por movilidad geográfica

La movilidad geográfica también genera el derecho a una bonificación en el IRPF. Esta deducción está prevista en el artículo 19.2 f) de la Ley del IRPF y se pueden beneficiar de ellalos desempleados que acepten un puesto de trabajo que implique un cambio de residencia habitual, temporal o permanente.

La deducción puede llegar a un máximo de 2.000€ y las personas que cumplan los requisitos pueden aplicarla durante un período máximo de dos años consecutivos.

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Requisitos para poder beneficiarse de la deducción

  • Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo Estatal y en la oficina de empleo autonómica correspondiente como demandante de empleo. No es válida para los inscritos como mejora de empleo, es necesario estar en el paro.Es importante guardar el resguardo del SEPE porque el trabajador puede beneficiarse de la deducción hasta en dos años y Hacienda puede revisar la deducción durante un plazo máximo de cuatro años. No hay un periodo mínimo durante el que el beneficiario de la deducción tenga que estar inscrito en el SEPE. Puede ser de tan solo un día.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de la residencia habitual. Es el argumento que justifica la deducción.Es conveniente, aunque no obligatorio, tener la documentación necesaria para justificar ante Hacienda que el cambio de residencia se produce por el nuevo trabajo. El contrato y el nuevo empadronamiento son suficientes, aunque también es muy recomendable guardar las facturas del alquiler del nuevo domicilio.

¿Cómo se activa la deducción por movilidad geográfica?

Para beneficiarse de esta deducción tan solo hay que marcar la casilla 19 de la Declaración de la Renta que se incluye junto a otros gastos deducibles de los rendimientos del trabajo. En esta casilla consta: “Incremento para contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a otro municipio”.

Para poder beneficiarse de la deducción hay que comunicar con anterioridad a Hacienda el cambio de domicilio ya que no aparece por defecto en el borrador.

Recuerda que los 2.000€ se restarán de los ingresos que se contabilizan con lo que se consigue un ahorro importante.

En el caso de las declaraciones conjuntas, la deducción se aplica por separado y afecta solo a la persona que cambia de domicilio por el trabajo. En el caso de que esta situación se dé en los dos declarantes, el máximo de la deducción es 2.000€ por lo que no se podrá superar esta cifra.

Movilidad geográfica para los trabajadores en activo

Aunque no pueden beneficiarse de la deducción, los empleados en activo también están sujetos a la movilidad geográfica con una serie de requisitos y compensaciones.

Como ya hemos mencionado, para que un empleado en activo tenga que desplazarse a otro centro de trabajo, la empresa ha de dar una serie de razones que lo justifiquen y seguir un procedimiento establecido.

Causas que justifican la movilidad geográfica

Para desplazar a sus empleados, la empresa puede argumentar este tipo de razones:

  • Económicas
  • Técnicas
  • Organizativas
  • De producción
  • Por contrataciones referidas a la actividad empresarial

Valoración de la distancia en la movilidad geográfica

El cambio o el acceso a un centro de trabajo dentro de la misma localidad no se considera movilidad geográfica.

La ley no establece distancias exactas para empezar a considerar que se trata de movilidad geográfica, pero la jurisprudencia sí que ha ido estableciendo algunas referencias, aunque cada caso es diferente.

Se empieza a valorar la movilidad geográfica con una distancia de 30 kilómetros entre el centro de trabajo y el domicilio. A partir de aquí, se tiene en cuenta si el desplazamiento supera el 25% de la jornada laboral, 2 horas en el caso de una jornada de 8, y si el coste de transporte supera el 20% del salario.

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Tipos de movilidad geográfica

Traslado

Se considera que el trabajador sufre un traslado cuando se da alguno de estos dos supuestos:

  • Cuando el trabajador que no haya sido contratado específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes, sea destinado a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que le exija cambios de residencia, de forma definitiva.
  • Cuando un desplazamiento exceda de doce meses en un período de tres años.

Desplazamiento

En un desplazamiento, el trabajador tendrá que ser trasladado a otro centro de trabajo que exija cambio de residencia por un periodo inferior a 12 meses en tres años.

La movilidad geográfica podrá ser individual o colectiva y temporal o definitiva.

Traslado individual en una empresa

La movilidad geográfica de los trabajadores no puede darse sin más por parte de la empresa. Para poder tomar esta decisión hay que seguir el procedimiento previsto.

Para empezar, el empresario debe informar al trabajador afectado y a sus representantes legales con al menos 30 días de antelación.

La ley establece como tres meses el periodo máximo para traslados inferiores a los previstos sin que concurran causas nuevas. Superado este límite, el traslado será en fraude de ley y será nulo y sin efecto.

El empleado puede aceptar el traslado y percibirá una bonificación por los gastos propios y de sus familiares. Esta retribución variará en cada caso y puede estar establecida por el convenio colectivo.

También puede optar por la extinción del contrato y será indemnizado con veinte días por año trabajado.

Por último, el empleado también puede impugnar en el Juzgado de lo Social el traslado, que se llevará a cabo de cualquier forma en el plazo establecido hasta que haya una resolución judicial. La sentencia tendrá que determinar si el traslado es justificado o injustificado.

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Traslado colectivo de trabajadores

Para que un traslado sea colectivo ha de darse alguno de estos supuestos:

  • El traslado afecta a la totalidad de empleados de un centro de trabajo que tiene más de cinco.
  • El traslado afecta, en menos de 90 días, a un número de trabajadores de
    • 10 trabajadores en las empresas con menos de 100 empleados
    • El 10% de los empleados en las empresas que tengan entre 100 y 300 trabajadores
    • 30 trabajadores en las compañías con más de 300 empleados

Período de consultas

En los traslados colectivos, la empresa tiene la obligación de abrir un período de consultas con los representantes legales de los trabajadores previo a la decisión de traslado. Este período de consultas no puede ser superior a 15 días.

Para negociar durante este período de consultas se creará una comisión con 13 representantes por cada una de las partes. La comisión debe centrarse en las razones que motivan el traslado, la posibilidad de evitarlo o reducirlo y las medidas que se pueden tomar para compensar a los afectados.

Este período de consultas puede ser sustituido por un procedimiento de mediación o arbitraje en el ámbito de la empresa si lo acuerdan el empresario y los representantes legales de los trabajadores.

Los trabajadores afectados pueden actuar de acuerdo con alguno de los tres supuestos previstos para el traslado individual o pueden también reclamar en conflicto colectivo. En este último caso, las acciones individuales que se hayan podido tomar quedarían paralizadas.

Desplazamientos temporales

Podrán llevarse a cabo desplazamientos temporales de trabajadores por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción a otros centros que exijan residir en una población distinta al domicilio habitual siempre que este periodo sea inferior a 12 meses en tres años. También pueden ser causa de un desplazamiento las contrataciones referidas a la actividad empresarial.

En este caso también tiene que existir una comunicación previa al trabajador que no podrá ser inferior a cinco días si el desplazamiento tiene una duración superior a tres meses.

El empleado que acepte el desplazamiento cobrará los gastos de viaje y las dietas, además de su salario. Si se superan los tres meses de desplazamiento, el trabajador también dispondrá de un permiso de cuatro días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento. Los gastos de viaje correrán a cargo de la empresa.

Los trabajadores podrán impugnar el desplazamiento ante el Juzgado de lo Social, pero, al igual que con el traslado, tendrá que llevarlo a cabo mientras llega la sentencia, aunque después puedan volver al trabajo que anteriormente ocupaban.

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Prioridades para el traslado o la permanencia

En el caso de cónyuges trabajando en la misma empresa, si uno de ellos es trasladado, el otro tiene derecho a solicitar el traslado a la misma localidad si existen puestos de trabajo disponibles.

También los trabajadores que tienen la consideración de víctimas de violencia de género o terrorismo que se vean obligados a cambiar su lugar de trabajo tienen derecho preferente a ocupar otro similar en otro centro de trabajo. También tienen este derecho preferente los trabajadores con discapacidad que necesiten recibir un tratamiento fuera de su localidad relacionado con la discapacidad.

Por el contrario, los representantes legales de los trabajadores tienen prioridad para permanecer en el puesto de trabajo habitual. El periodo de consultas sirve también para establecer otras prioridades de permanencia para los colectivos que se puedan determinar.



Escrito porDaniela

Conectando Papershift con empresas y empleados, a través de contenido relevante en el ámbito de los Recursos Humanos.